Estimados y queridos compañeros: se adjuntan las recientes modificaciones legislativas por el que se establecen las: Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción. Recordar que el secreto médico queda exento cuando existe una presunción clara y grave por parte del paciente de realizar «daño propio a sí mismo o a terceros» (Art. 30d del Código de Ética y Deontología del Consejo General de Colegios Médicos).

Se debe exigir por nuestra parte que «todo ciudadano que solicite una exploración para cualquier tipo de reconocimiento deba de presentar un INFORME DE SALUD» (1.ª propuesta del Colegio de Médicos de Madrid para mejorar facultativamente la Seguridad Vial)  

RD 818/2009, Reglamento General de Conductores. ANEXO IV

PRE 2356/2010 Pág. 77422. por el que se modifica el RD 818/2009:
1. Capacidad Visual. El 8. Enfermedades metabólicas y endocrinas (diabetes) y el 9. Sistema nervioso y muscular (Neurología)

RD 1055/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el RD 818/2009 y el RD 2356/2010
Modifica los Apartados: 7. Sistema Respiratorio (APNEA del SUEÑO) y el 9. Sistema nervioso y muscular (Neurología)

Gracias. Un abrazo para todos
José María Pérez