Estimados y queridos compañeros: se adjuntan las recientes modificaciones legislativas por el que se establecen las: Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción. Recordar que el secreto médico queda exento cuando existe una presunción clara y grave por parte del paciente de realizar «daño propio a sí mismo o a terceros» (Art. 30d del Código de Ética y Deontología del Consejo General de Colegios Médicos).
Se debe exigir por nuestra parte que «todo ciudadano que solicite una exploración para cualquier tipo de reconocimiento deba de presentar un INFORME DE SALUD» (1.ª propuesta del Colegio de Médicos de Madrid para mejorar facultativamente la Seguridad Vial)
RD 818/2009, Reglamento General de Conductores. ANEXO IV
Gracias. Un abrazo para todos
José María Pérez